El objetivo principal de esta ayuda monetaria proporcionada directamente por el gobierno es incentivar a mejorar la eficiencia energética y la sostenibilidad de las viviendas de los posibles beneficiarios.
Las personas que pueden solicitar este programa son:
- Propietarios de viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila y de edificios existentes de tipología residencial de vivienda colectiva. La naturaleza de la persona puede ser física o de personalidad jurídica, privada o pública.
- Administraciones públicas y organismos y demás entidades de derecho público, así como las empresas públicas y sociedades mercantiles participadas, íntegra o mayoritariamente, por las Administraciones Públicas propietarias de inmuebles.
- Los propietarios de edificios que sean poseedores de forma agrupada.
- Las comunidades de propietarios, o las agrupaciones de comunidades de propietarios.
- Las empresas concesionarias, constructoras o arrendatarias de edificios o cooperativas que cumplan y acrediten esa condición.
- Empresas de servicios energéticos.
- Sociedades cooperativas.
Requisitos de los arrendamientos:
- Vivienda unifamiliar o edificio.
- El 50% de la vivienda unifamiliar o de las viviendas del edificio deben ser de domicilio habitual.
- Se exige una reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración de antigüedad, preferentemente anterior a 1996.
- Zonas climáticas D y E: 35%
- Zonas climáticas C: 25%
- Zonas climáticas alfa, A y B: 20%
- 70% de la superficie de los edificios de uso residencial.
Cuantía de la ayuda:
Límite de la ayuda para viviendas unifamiliares y edificios
- Con carácter general del 40% de la inversión.
- 75% de la inversión en caso de ingresos inferiores a 3IPREM.
- Hasta 12.000€.
- Hasta 18.000€ para personas con discapacidad.
- Hasta 24.000€ para personas con determinado grado de discapacidad.
- Incremento por BIC: 1.000€.
- Incremento para menores de 35 años: 25% en municipios con menos de 5.000 habitantes.
- Hasta 8.000€/vivienda y 80€/m2 de local.
- Hasta 12.000€/vivienda para personas con discapacidad.
- Hasta 16.000€/ vivienda para personas con grado más severo de discapacidad.
- Incremento por BIC: 1.000€/vivienda y 10€/m2 de local.
- Incremento para menores de 35 años: 25% en municipios con menos de 5.000 habitantes.
Para más información sobre las ayudas, consulta en tú comunidad autónoma.
Fuente: Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.