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PROGRAMA DE INCENTIVOS PARA LA EJECUCIÓN DE INSTALACIONES LIGADAS AL AUTOCONSUMO...
20.07.2022 BLOG

Programas de incentivos para la ejecución de instalaciones ligadas al autoconsumo y almacenamiento

El objetivo de este programa es impulsar la instalación de las energías renovables, ya sean térmicas o eléctricas en diferentes sectores de consumidores, así como fomentar un mayor control del consumo a través del desarrollo de sistemas de almacenamiento detrás del contador e impulsar la industria al sector empresarial asociado, además de conseguir la aprobación de estos seis programas de incentivos:

 

Programa de incentivos 1: Realizar instalaciones con fuentes de energía renovable y de autoconsumo en el sector servicios, ya sea con o sin almacenamiento. 

Programa de incentivos 2: Realizar instalaciones con fuentes de energía renovable y de autoconsumo en sectores productivos de la economía, ya sea con o sin almacenamiento. 

Programa de incentivos 3: Incorporar almacenamiento en instalaciones de fuentes de energías renovables o de autoconsumo que ya existan en el sector de servicio o productivo. 

Programa de incentivos 4: Realizar instalaciones con fuentes de energía renovable y de autoconsumo en el sector residencial, administraciones públicas y el tercer sector, ya sea con o sin almacenamiento.

Programa de incentivos 5: Incorporar almacenamiento en instalaciones de fuentes de energías renovables o de autoconsumo que ya existan en el sector residencial, administraciones públicas o tercer sector. 

Programa de incentivos 6: Realizar instalaciones de energías renovables en el sector residencial. 

 

Presupuesto: 

  • 660 millones de euros derivados del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
  • El presupuesto podrá ser ampliado si hay disponibilidad presupuestaria para la misma finalidad hasta que expire el plazo de vigencia establecido.

 

Régimen de las ayudas:

  • Las ayudas serán otorgadas mediante concurrencia simple, es decir, las solicitudes serán atendidas por orden de presentación hasta agotamiento de fondos.

 

Periodo de vigencia:

  • Se podrá presentar solicitudes desde la convocatoria de cada comunidad autónoma hasta el 31 de diciembre del 2023. 

 

Bases reguladoras: 

 

Beneficiarios: 

Dentro del programa de incentivos 1, 2 y 3:

    • Personas jurídicas y agrupaciones de personas físicas o empresas que tengan o no personalidad jurídica y que además realicen alguna actividad económica donde ofrezcan bienes o servicios en el mercado, incluyendo: 
      • Gestores de polígonos industriales de cualquier naturaleza, ya sea privada o pública. 
      • Empresas arrendatarias, explotadoras o concesionarias de actuaciones en el sector de la energía. 
      • Empresas de servicios energéticos (ESEs), o proveedores de servicios energéticos definidos en el Real Decreto 56/2016. 
      • Comunidades ciudadanas de energía.
      • Comunidades de energías renovables. 
      • Empresas de servicios energéticos.
      • Empresas que realicen actividades en establecimientos de sectores incluidos en el programa mencionado. El CNAE tiene que estar incluido. 

 

Dentro del programa de incentivos 4 y 5: 

  • Personas jurídicas que no realicen ninguna actividad económica. Si una persona jurídica realiza alguna actividad económica será incluida en el programa de incentivos anterior. 
  • Sector público institucional de cualquier Administración Pública.
  • Entidades locales.
  • Personas físicas que realicen o no alguna actividad económica. 
  • Comunidades de propietarios reguladas por la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal.
  • Comunidades ciudadanas de energía siempre y cuando no realicen alguna actividad económica. Si es así será incluida en el programa anterior.
  • Comunidades de energías renovables siempre y cuando no realicen alguna actividad económica. Si es así será incluida en el programa anterior.

 

Dentro del programa de incentivos 6:

  • Personas físicas que realicen o no alguna actividad económica en el mercado. 
  • Entidades u organizaciones de naturaleza privada o pública, sin ánimo de lucro o personas jurídicas que no realicen ninguna actividad económica. 
  • Comunidades de propietarios, reguladas por la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal.
  • Sector público institucional de cualquier Administración Pública. 
  • Entidades locales. 

 

Todos los programas de incentivos: 

  • Ayuntamientos.
  • Diputaciones provinciales.
  • Entidades equivalentes. 
  • Mancomunidades.
  • Agrupaciones de municipios españoles.
  • Cabildos.
  • Consejos insulares.
  • Cualquier organismo público.
  • Entidades de derecho público vinculados o dependientes de la administración pública y de la autonómica correspondiente.

 

Cuantía de la ayuda: 

El importe de la ayuda será la suma de los dos tipos de ayuda, la base y la adicional. 

Para el programa de incentivos 1,2 y 3 las ayudas se calcularán como un porcentaje sobre el total de costes subvencionables 

Para el programa de incentivos 4,5 y 6 las ayudas serán concedidas como importes fijos unitarios o módulos que cubrirán una parte de los costes subvencionables. 

 

Programa de incentivos 1 y 2: 

  • La instalación Fotovoltaica autoconsumo será de 460 – 1.188 €/kWp y de ayuda un 15% hasta un 45 % de la ayuda sobre el coste subvencionable.
  • La instalación eólica autoconsumo: 1.070 – 4.723 €/kW y de ayuda un 20% hasta un 50 % de ayuda sobre el coste subvencionable.
  • La Incorporación almacenamiento autoconsumo será de 200 – 700 €/kWh y de un 45% hasta un 65 % de ayuda sobre el coste subvencionable.

 

Programa de incentivos 3:

  • La incorporación de almacenamiento de autoconsumo en instalaciones ya existentes de 200 – 700 €/KWh y la ayuda de un 45% hasta un 60% de ayuda sobre el coste subvencionable.

 

Programa de incentivos 4: 

  • Sector residencial:
      • La instalación Fotovoltaica de autoconsumo: 300 – 600€/kWp.
      • La instalación eólica de autoconsumo: 650 – 2900€/Kw.
      • La incorporación de almacenamiento de autoconsumo: 140 – 490€/kWh. 
  • Administraciones públicas y tercer sector: 
    • Instalación Fotovoltaica autoconsumo: 500 – 1000€/kWp.
    • Instalación eólica autoconsumo: 1150 – 4100€/Kw.
    • Instalación almacenamiento autoconsumo: 140 -490kWh.

 

Programa de incentivos 5: 

  • La incorporación almacenamiento autoconsumo en instalaciones existentes: 140 – 490 €/kWh.

 

Programa de incentivos 6: 

  • Sector residencial:
    • Instalaciones aerotérmicas: 500 €/kW (3.000 €/vivienda)
    • Instalación Solar Térmica: 450 – 900 €/kW (550 – 1.800 €/vivienda)
    • Biomasa: 250 €/kW (2.500 – 3.000 €/vivienda)
    • Instalaciones geotérmicas o hidrotérmicas: 1.600 – 2.250 €/kW (9.000 – 13.500 €/vivienda)
  • Tercer sector y viviendas públicas:
    • Instalaciones aerotérmicas: 650 €/kW (3.900 €/vivienda)
    • Instalación Solar Térmica: 650 – 950 €/kW (820 – 1.850 €/vivienda)
    • Biomasa: 350 €/kW (3.500 – 4.200 €/vivienda)
    • Instalaciones geotérmicas o hidrotérmicas: 1.700 – 2.250 €/kW (9.550 – 13.500 €/vivienda)

 

Fuente: Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía.